¿En qué podemos ayudarle?

¿En qué podemos ayudarle?

Somos una firma especializada en la compra de carteras de crédito de empresas en activo o en concurso y liquidación, que previamente nos han cedido el derecho de crédito que se eleva en escritura pública y siempre ante Notario. Por lo tanto, CREDIT BACK pasa a ser el nuevo titular de la deuda, pasando a ser acreedor directo del deudor.

La forma más rápida y sencilla es mediante nuestra plataforma rápida de pagos, introduciendo el código incluido en la carta que ha recibido. Una vez haya realizado el pago, y sea confirmado por nuestro equipo, usted recibirá una carta en el plazo más breve posible certificando la cancelación de la deuda.

También puede realizar una transferencia siguiendo las instrucciones que se detallan en la carta que ha recibido.

La legislación española estipula la no necesidad de consentimiento del deudor para la cesión de crédito, por este motivo deberá ser notificado el nuevo acreedor. El propósito de CREDIT BACK es llegar a un acuerdo en vía amistosa.

En caso de no llegar a un acuerdo en vía amistosa, CREDIT BACK se reserva el derecho de emprender acciones legales para cobrar la deuda. Ello conllevará costes derivados del procedimiento en materia de: procuradores, tasas judiciales, costas judiciales, intereses, etc.

Diríjase a nosotros, arguméntenoslo y valoraremos la particularidad de su situación. Llegado al extremo, y una vez nos documente/justifique su situación, podemos valorar facilidades de pago. Algo que pudiera ser que el acreedor original no estuviera dispuesto en su momento. Le recordamos que el impago puede llevar al incremento de la deuda que usted tiene debido a los posibles intereses de demora que se apliquen.

No estoy de acuerdo con la deuda que se me reclama. La deuda no me pertenece.

Si la deuda no le pertenece, por favor en el plazo que figura en el requerimiento notarial, indique en qué no está de acuerdo y justifíquelo. Nuestro compromiso es analizar su expediente, y darle una respuesta a la mayor brevedad.

Entidades como CREDIT BACK reportan a los ficheros de morosidad las deudas que tienen pendientes con clientes, teniendo en cuenta el estricto cumplimiento que marca la legislación en materia de protección de datos de carácter personal. CREDIT BACK tiene el derecho de incluir en ficheros de morosos, amparándonos en la legislación en materia de protección de datos hasta que la deuda quede saldada. Momento en que se procede con la baja inmediata de dichos ficheros. Estar incluido en un fichero de morosidad trae consigo consecuencias importantes y desagradables como la denegación de préstamos, no concesión de tarjetas financieras o rechazo a solicitudes de alta en servicios de primera necesidad como energía, telefonía fija-móvil, etc.